Cuando hablamos de la Educación en Casa y Sin Escuela (ECSE) en nuestro país, algo que debemos tener en cuenta es que nos enfrentamos a una modalidad educativa que NO está regulada, no existen leyes específicas al respecto, por lo mismo, en cualquier blog, página o video que revisen verán que se habla del famoso “vacío legal”.
Y éste es real, existe simplemente porque no hay leyes específicas que regulen la ECSE en México; sin embargo, no es como inamovible, sino que más bien existe de manera conceptual, puesto que, en la práctica, hay leyes y normas que nos pueden ayudar a encontrar lo que llamo: la regulación oculta.
Le puse así haciendo un símil con el famoso currículo oculto, que es aquel que no está explícitamente considerado en el currículo, pero que permea las prácticas educativas de una persona o una escuela.
Bueno, la regulación oculta es algo así, no hay leyes explícitas para la ECSE, pero sí diversas regulaciones que nos sirven para ir moldeando la manera en que funcionamos, en que certificamos conocimientos, en que reinsertamos a nuestros hijos a la escuela (cuando sucede), en que nos defendemos o en que realizamos algún trámite.
Y esta regulación oculta está marcada por los artículos 3° y 31 constitucionales, por la Ley General de Educación en varios de sus artículos, por la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, por las Normas de Control Escolar y por los diversos acuerdos secretariales que nos permiten encontrar caminos para que nuestra vida sin escuela transcurra tranquilamente.
Revisar todas estas leyes es complicado en un post (si quieres conocerlas a fondo te invito a tomar mi curso “Marco Legal de la ECSE en México”, lo doy una vez al año en formato sincrónico, pero queda grabado por si lo quieres en formato autoestudio).
Sin embargo, para ti que estás buscando información que te ayude a perder el miedo de iniciar a educar en casa y sin escuela, te voy a dejar los puntos más importantes:
- La Educación en Casa y Sin Escuela en México es legal; pero NO está regulada.
- La ECSE NO está avalada por la SEP; sin embargo, hay formas de certificar conocimientos.
- NO es necesario avisar a la SEP que haremos educación en casa.
- Como familias que educamos en casa y sin escuela SÍ estamos salvaguardando el derecho a la educación de nuestros hijos e hijas, toda vez que les proporcionamos los conocimientos, habilidades, aptitudes, etc., que les ayudarán a desarrollar su potencial y prepararse para la vida.
- Ninguna autoridad nos puede quitar a nuestros hijos por educarlos en casa.
- En casos de divorcio, el vacío legal no aplica, puesto que los jueces tienen mecanismos para llenar los huecos que existen debido a la ausencia de regulación de la ECSE, así que si estás en proceso de divorcio, piensa mucho antes de desescolarizar, puesto que podría ser contraproducente para tu proceso legal.
Finalmente, algo que debe quedar claro es que las familias ECSE tomamos como eje de nuestra argumentación legal al interés superior de la niñez, puesto que la decisión de educar en casa toma en cuenta la opinión de nuestros hijos y busca su máximo bienestar. Además que, como madres y padres que buscamos educar bajo el paradigma de la crianza respetuosa, sabemos que nuestros hijos e hijas son personas con derechos, que deben ser salvaguardados por nosotros como sus padres.


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